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LOS DATOS PÚBLICOS ABIERTOS EN ESPAÑA: UN PRIMER BALANCE DE LA APLICACIÓN DE LA NORMATIVA RISP EN LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL
Última alteração: 2014-08-19
Resumo
La Unión Europea, mediante la Directiva 2003 sobre la reutilización de la información del sector público (RISP), inició el proceso de apertura de datos públicos, de modo que la mencionada Directiva creó unos mecanismos armonizados para que los organismos públicos de los países de la Unión pusieran a disposición de los ciudadanos y de las empresas los activos públicos de información para su reutilización con fines comerciales y no comerciales, con objeto de que dichos datos facilitaran la transparencia política y la creación de valor añadido en la nueva economía del conocimiento. Como Estado Miembro, España incorporó la Directiva 2003 en una Ley aprobada en 2007. Posteriormente, se aprobó la normativa de desarrollo mediante el Real Decreto 1495/2011 en el que se establecían unos objetivos y unos plazos para el cumplimiento de una normativa básica. Cumplido dicho plazo a mediados de 2013, el objetivo de la comunicación se centra en el grado de cumplimiento de dicha normativa en el ámbito de la Administración Central española. Como método de análisis se revisa la información ofrecida en la página Web de una muestra de organismos públicos, comparada con un análisis anterior realizada a mediados de 2009. En el estudio se hace especial hincapié en el análisis de los avisos legales sobre el uso de los contenidos de la página y en la publicación o no de datos relevantes sobre esta normativa en vigor.
Palavras-chave
Datos abiertos; reutilización; información pública